La Sala de Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró nula la reforma al Reglamento de Interior y Debates de la Asamblea Nacional- en desacato- y exhortó al Ministerio Público a investigar la situación.
La Sentencia 517 de la Sala Constitucional declara que la Asamblea Nacional en desacato ha pretendido violentar las bases constitucionales y republicanas del Estado venezolano, de añeja tradición, desde la constitución originaria de 1810, al intentar desconocer la actuación personal y presencial de la función parlamentaria reconociendo la cualidad de diputados a personas que no tienen su residencia física en el territorio nacional o que han abandonado el ejercicio de sus funciones parlamentarias.
Sostiene que “la pretensión de la Asamblea Nacional en desacato, de reconocer a quienes se encuentran en ésta situación de abandono parlamentario en el exterior lesiona la legitima aspiración de los diputados suplentes a incorporarse en el ejercicio de las curules vacantes, con lo cual se modifica el esquema orgánico constitucional propio de nuestra tradición republicana y el régimen parlamentario reconocido universalmente.
“Este acto constitucionalmente írrito conllevaría la disolución del Estado de Derecho en Venezuela. La Asamblea Nacional en desacato insiste en realizar actuaciones que transgreden de manera fraudulenta el texto constitucional con lo cual pretenden el asalto a los poderes públicos y al país como un todo, desconociendo así al pueblo venezolano al pretender quebrantar la institucionalidad con fórmulas paralelas y ficticias”, expresó.
Recordó que el ejercicio parlamentario es dedicado y delicado, “nuestra constitución exige la dedicación exclusiva y presencial de los parlamentarios para el ejercicio efectivo de sus funciones, tal accionar representa un precedente nefasto para las democracias del mundo y eliminaría las características del mandato popular al imposibilitar la formación de las leyes, la exigencia de rendición de cuenta, la dedicación exclusiva a sus funciones y el control popular, político y moral de sus actuaciones lo que sería la muerte del parlamento como escenario constitucional de participación, debate y consenso”.
Con esta decisión la sala constitucional del TSJ responde a la demanda de nulidad interpuesta el pasado miércoles por los diputados Leandro José Domínguez, Jesús Gabriel Peña y José Gregorio Noriega contra la pretensión de la modificación del Reglamento de Debate por parte de la Asamblea en desacato.
El magistrado Mendoza recordó que constitucionalmente se exige que los diputados de la AN tengan presencia física para tomar las decisiones y el cumplimiento efectivo de sus funciones. “No existe ningún parlamento virtual en el mundo, todos tienen sede física y exigen la presencia física de sus integrantes”.
El TSJ exhortó al Ministerio Público para que investigue penalmente la presunta materialización de conductas constitutivas de tipo delictivos contemplados en la constitución a la ley.